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25 de marzo de 2026• Decreto 0287 de 2026 establece las reglas para que las entidades del Estado permitan la inclusión de la población con discapacidad en las compras públicas
Bogotá, marzo de 2026. Con el propósito de cumplir la obligación que tiene el Estado de incluir a las personas con discapacidad en el sistema de compras públicas y abrirles espacios de participación en la contratación estatal, el Gobierno Nacional expidió el decreto 0287 de marzo de 2026, con el que se establecen los lineamientos para garantizar este derecho.
El director de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, entidad que lideró la expedición del decreto, Cristóbal Padilla, afirmó que “las medidas contenidas en la norma apuntan a cumplir con el mandato de ley que le impone al Estado el deber de fomentar las fuentes de trabajo para las personas en situación de discapacidad”.
En virtud del nuevo decreto, a partir de ahora los proveedores de Estado que participen en procesos de licitación pública o concurso de méritos deberán emplear a estas personas de acuerdo a sus capacidades productivas. También se promueve la participación directa de las empresas y emprendimientos de estas personas.
“De esta forma transformamos vidas y materializamos los proyectos de millones de personas con las que teníamos una deuda social”, expresó el director de Colombia Compra Eficiente.
El decreto también establece que las Entidades Estatales, independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, deberán incorporar en los contratos que
celebren criterios que garanticen la accesibilidad de las personas con discapacidad a los bienes, obras y servicios a contratar.
Estos criterios deberán ser determinados en los estudios y documentos previos, a partir de las normas legales, reglamentarias y técnicas que resulten aplicables, procurando la mayor cobertura posible de las categorías de discapacidad definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
En el decreto también se establece que en el evento en que no se identifiquen normas legales, reglamentarias y técnicas que resulten aplicables, la Entidad Estatal deberá fijar una ficha técnica con criterios de accesibilidad aplicables de acuerdo con sus estudios y documentos previos.
Se calcula que en Colombia hay más de 3.100.000 personas con discapacidad. Según el DANE, casi la mitad de esta población se ubica en el rango de edad entre 15 años y 59 años, es decir, la población con potencial de beneficiarse con las medidas de inclusión que promueve la Agencia y que se materializan en el decreto firmado por el ministro de Hacienda, Germán Ávila y la directora del Departamento Nacional de Planeación, Natalia Irene Molina.
Con la entrada en vigor de esta norma, la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente realizará el seguimiento a la aplicación de la medida, con el propósito de evaluar su adopción, pertinencia e impacto en la promoción de oportunidades contractuales para personas con discapacidad.
Para tal efecto, Colombia Compra Eficiente consolidará y analizará la información registrada por las Entidades Estatales en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP, cuando estas informen que un contrato de prestación de servicios corresponde a la aplicación voluntaria de la medida afirmativa. Con base en dicha información, elaborará el reporte anual de seguimiento. (FIN)










