
Gobierno le pone la lupa a soborno trasnacional en contratación pública
29 de mayo de 2026La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – ANCP-CCE informa a todos los usuarios de la plataforma SECOP II que, en el marco de las actividades de mejora y actualización tecnológica previamente planificadas para la vigencia 2026, se llevó a cabo un mantenimiento programado de la plataforma conforme al cronograma establecido.
Dicho mantenimiento se realizó desde el jueves veintiocho (28) de mayo de 2026 a las 10:00 p.m. hasta el lunes primero (01) de junio de 2026 a las 08:00 a.m., en cumplimiento del plan de intervención técnica definido por la Entidad.
No obstante, es importante señalar que, como resultado de la adecuada ejecución de las actividades previstas y la optimización de los tiempos de implementación, la plataforma estuvo disponible para los usuarios a partir de las 9:30 a.m. del día treinta y uno (31) de mayo de 2026, garantizando de manera anticipada la disponibilidad del servicio frente al plazo inicialmente estimado.
Durante el periodo de mantenimiento, las actividades se ejecutaron conforme a lo previsto, asegurando la integridad y seguridad de la información contenida en la plataforma, sin que se presentaran afectaciones a los datos almacenados.
Es fundamental precisar que la situación descrita no constituye un evento de indisponibilidad certificable, en los términos establecidos en el Protocolo de Indisponibilidad de SECOP II. En efecto, de conformidad con lo dispuesto en dicho protocolo, específicamente en su página 3, punto 3, se establece que:
“Los mantenimientos programados por la ANCP – CCE a la plataforma SECOP II en ningún caso implican el uso del presente documento; estos son informados a todos los usuarios de manera anticipada.”
En consecuencia:
- Los mantenimientos programados no dan lugar a la aplicación del procedimiento de indisponibilidad.
- Tampoco procede la expedición de certificaciones de indisponibilidad o imposibilidad de uso de la plataforma.
Esto se fundamenta en que la intervención fue informada oportunamente a los usuarios y correspondió a una actividad técnica planificada, y no a una falla imprevista del sistema.
De acuerdo con el marco normativo vigente, en particular los Decretos 4170 de 2011 y 1822 de 2019, la ANCP – CCE tiene funciones de orientación, administración de plataformas y formulación de políticas, mas no cuenta con competencia para ordenar, imponer o sugerir decisiones específicas dentro de los procesos contractuales de las entidades estatales.
En este sentido:
- La definición de actuaciones como la modificación de cronogramas, expedición de adendas o adopción de medidas frente a sus procesos contractuales corresponde exclusivamente a cada entidad estatal en ejercicio de su autonomía.
- Estas decisiones deben adoptarse conforme a la normativa aplicable y a los principios de la contratación estatal, tales como transparencia, selección objetiva, igualdad y debido proceso










