25 de septiembre de 2024
Sí, SECOP II cuenta con la opción de cancelar proceso y se utiliza en los casos en que la Entidad debe declarar desierto o revocar un […]
Sí, SECOP II cuenta con la opción de cancelar proceso y se utiliza en los casos en que la Entidad debe declarar desierto o revocar un proceso de contratación. La Entidad debe tener en cuenta que una vez utiliza esta opción el Proceso quedará en la vista pública como Revocado/declarado desierto y se inhabilitarán todas las herramientas del expediente, por lo cual, si contra la decisión procede recurso, la Entidad deberá publicar el documento con la declaratoria de desierto y esperar los posibles recursos de parte de los proponentes a través de la sección Mensajes para proceder a cancelar el proceso.