Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual

¿El beneficio de excusión aplica en el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

No aplica bajo ninguna circunstancia a los contratos de seguro. Por lo tanto, tampoco al seguro de responsabilidad civil extracontractual.

Esta figura contemplada en el Código Civil para la fianza, consiste en la facultad que tiene el fiador para exigir que el acreedor de una obligación persiga la deuda en los bienes del deudor principal, antes de solicitarle al fiador que pague la deuda.

En el seguro de responsabilidad civil extracontractual la víctima tiene la posibilidad de reclamar la indemnización de perjuicios directamente a la compañía de seguros, sin necesidad de solicitar primero el pago de la indemnización al causante del daño.

Fuente: Código Civil, artículo 2383

Código de Comercio, Articulo 1133

¿La cláusula de proporcionalidad aplica para el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

La cláusula de proporcionalidad solo aplica al seguro de cumplimiento y por lo tanto solo es posible pactarla en ese tipo de póliza.  Según esta cláusula en caso de presentarse incumplimientos parciales del garantizado (contratista), la indemnización de perjuicios a cargo de la aseguradora será proporcional al porcentaje de la obligación incumplida, con respecto al valor asegurado. En los seguros de cumplimiento en favor de Entidades Estatales no es posible incluir esta cláusula (artículo 2.2.1.2.3.2.4).

¿Qué es la cláusula de indemnidad? ¿Esta cláusula tiene incidencia en el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

Es una cláusula que se pacta entre la entidad contratante y el contratista, en virtud de la cual éste último se obliga a mantener a la entidad libre de toda reclamación que tenga origen en las actuaciones el contratista a través de las cuales se causen daños a terceros. En la contratación pública esta cláusula puede incluirse en los contratos estatales según el análisis de riesgo que se realice para determinado contrato estatal.

Esta cláusula es ajena y no tiene incidencia en el contrato de seguro de responsabilidad civil extracontractual tomado por el contratista. Además, el seguro se extiende a amparar tanto la responsabilidad del contratista por los daños que le genere a terceros en la ejecución del contrato Estatal, como la responsabilidad indirecta de la Entidad Estatal que se beneficia de la ejecución del contrato pues tanto el contratista como la entidad contratante tienen la calidad de asegurados bajo esta póliza.

Páginas

PQRSD

 PQRSD  

solucion_en_linea

 SOLUCIÓN 
EN LÍNEA
 

SECOP

 DATOS COMPRA 
PÚBLICA 

SECOP

 SECOBOT  

 

SECOP

SECOP